Infracciones

El 27 de junio de 2013 se publicó la ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. En sus disposiciones adicionales tercera y cuarta se incluye lo relativo a infracciones y sanciones en materia de certificación energética de edificios:

Como infracciones leves con multas de 300€ a 600€, entre otras, se incluyen:

  • El publicitar la venta o alquiler de inmuebles sin hacer mención a su calificación de eficiencia energética.
  • No exhibir la etiqueta de eficiencia energética en los supuestos en que resulte obligatorio.

Dentro de infracciones graves con multas de 601€ a 1.000€ destacan:

  • El vender o alquiler un inmueble sin que el vendedor o arrendador entregue el certificado de eficiencia energética al comprador o arrendatario.
  • Incumplir la obligación de presentar el certificado de eficiencia energética ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma para su registro.

Infracciones muy graves con multas de 1.001€ a 6.000€ serán, por ejemplo:

  • Falsear la información en la expedición o registro de certificados de eficiencia energética.
  • Publicitar en la venta o alquiler de inmuebles una calificación no respaldada por el correspondiente certificado.
  • Actuar como técnico certificador sin reunir los requisitos legalmente exigidos.
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